Por Germán Grosso Molina
(Palabras de Homenaje al Dr. Guillermo Borda al dar comienzo a las actividades de la Comisión de Derechos y Actos Personalísimos en las V Jornadas sanjuaninas de Derecho Civil . Primer Congreso de Derecho Privado)
Me toca la difícil tarea de
homenajear, en nombre de la organización de estas V Jornadas sanjuaninas, a
quien es sin dudas uno de los más grandes maestros del derecho civil argentino: el Dr. Guillermo Borda.
Jurista que no necesita
presentación. No es necesario que repasemos su trayectoria para que sepamos de
quién estamos hablando, sino de uno de los maestros que, empezando por Alberdi
y Vélez Sarsfield, ocupa ese gran grupo selecto de hombres que, con su sabiduría
e intelecto, han ido construyendo la ingeniería del derecho argentino y
escribiendo su historia.
Resulta un gran honor poder
estar homenajeando a quien, para mí, ha sido el maestro principal en mis
estudios de grado sobre el derecho civil. Aquí es donde mi espíritu se llena de
emoción, al saber que aquel jurista que tantas veces he estudiado, leído,
consultado, en mi paso por la facultad y en el ejercicio profesional, es a
quien debo hoy estar homenajeando, y nada menos que en estas Jornadas sanjuaninas,
que marcaron historia en el derecho contemporáneo y que en esta nueva edición se
reanudan, ante este tiempo histórico que estamos viviendo, en donde estamos en
las vísperas de la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial de la
Nación.
Guillermo Borda fue sin dudas un
gran protagonista del siglo XX. Ya conocemos su gran aporte, con la reforma
introducida al Código de Velez de 1968. Un héroe de la pluma, con quien cientos
de miles tuvimos nuestro primer contacto con el derecho civil, y a quien
seguiremos recurriendo por siempre, a la hora de estudiar cada instituto del
derecho en el momento que lo necesitemos.
Pero nos
interesa destacar su paso por las primeras ediciones de las Jornadas sanjuaninas. Su presencia
sirvió sin dudas para jerarquizarlas y con sus aportes contribuyó, en aquella
época, al análisis de las necesidades que la realidad mostraba, y frente a las
cuales el derecho debía tener respuestas prácticas, pero sobretodo, justas,
pues en definitiva el deber del jurista debe ser siempre buscar el logro de la
Justicia y con ella, la Paz social.
Sirva
entonces el trabajo de esta Comisión de Derechos y Actos personalísimos que
está por comenzar, como homenaje vivo a este gran jurista argentino.
Muchas
gracias.